AYUNTAMIENTO DE MÁLAGA Y UMA SUSCRIBEN UN NUEVO PROTOCOLO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE INVESTIGACIÓN, FORMACIÓN, ARTE Y CULTURA
05/06/2024
Se podrán desarrollar distintas modalidades de cooperación como la ejecución de proyectos y programas conjuntos de investigación, desarrollo e innovación; prestación de servicios técnicos y de asesoramientos científicos, cultural o artístico; o la organización de cursos, seminarios y jornadas
El alcalde de Málaga, Francisco de la Torre, y el rector de la Universidad de Málaga, Teodomiro López, han firmado esta tarde el nuevo protocolo general de actuación entre el Ayuntamiento y la institución académica para el desarrollo de actividades de colaboración en la investigación, el desarrollo, la innovación, la difusión y cooperación del arte y la cultura, así como la formación.
En el marco de este nuevo protocolo, que fue aprobado por la Junta de Gobierno Local el pasado viernes 31 de mayo, se podrán desarrollar distintas modalidades de cooperación como la ejecución de proyectos y programas conjuntos de investigación, desarrollo e innovación; prestación de servicios técnicos y de asesoramientos científicos, cultural o artístico; o la organización de cursos, seminarios y jornadas en estos ámbitos.
La Junta de Gobierno Local, de fecha 31 de mayo de 2024, dio cuenta nuevo protocolo general de actuación entre el Ayuntamiento de Málaga y la Universidad de Málaga para el desarrollo de actividades de colaboración en la investigación, el desarrollo, la innovación, la difusión y cooperación del arte y la cultura, así como la formación.
En el marco del Protocolo General aprobado se podrán desarrollar las siguientes modalidades de cooperación:
• Ejecución de proyectos y programas conjuntos de investigación, desarrollo e innovación, arte y cultura y formación, a realizar en su caso en los departamentos, Institutos Universitarios y Centros de Investigación de la Universidad de Málaga, u otras entidades y estructuras y en las instalaciones del Ayuntamiento de Málaga.
• Prestación de servicios técnicos y de asesoramientos científicos, cultural o de arte en cuestiones relacionadas con las actividades de ambas entidades.
• Cooperación en programas de formación de personal investigador y técnico y de empleados, prácticas de estudiantes (Programa de prácticas profesionales de alumnos en empresas).
• Organización de actividades comunes relacionadas con la promoción social de la investigación, el desarrollo tecnológico, la innovación y las nuevas tecnologías, el arte y la cultura.
• Organización conjunta de cursos, seminarios, conferencias y jornadas científico- técnicas, culturales y de formación.
• Intercambio de información y documentación sobre las actividades y materias que desarrollen ambas instituciones, respetando siempre los intereses de terceros y actuando conforme a las previsiones establecidas en la legislación vigente.
• Intercambio de personal por tiempo limitado, cuando la índole del trabajo así lo requiera.
• Utilización común del equipamiento y de los medios técnicos e instrumentales de ambas partes, para el desarrollo de las actividades que lo requieran en aquellos proyectos que sean de interés mutuo y, si fuese necesario para la realización de estas actividades, adquisición de equipamiento y medios, conforme al régimen que se establezca en los convenios específicos o contratos de investigación a que diera lugar el protocolo.
• Cuantas otras sean consideradas de interés mutuo, dentro de las disponibilidades de las partes y de las actividades que constituyen el objeto del protocolo de actuaciones. Asimismo, se contempla una Comisión Mixta paritaria, integrada por representantes de cada una de las instituciones firmantes, con el fin de velar por el cumplimiento de los compromisos del protocolo, formular propuestas concretas de actuación, proponer líneas de colaboración en proyectos o programas de investigación, arte y cultura, entre otras funciones. El protocolo tendrá una duración de 4 años prorrogables de forma expresa hasta un máximo de cuatro años adicionales.